jueves, 4 de marzo de 2010

3. Condiciones de trabajo en la época franquista

La instauración del régimen franquista comporto un empeoramiento extraordinario de la vida cotidiana de los asalariados, que se concretaba tanto en una nuevas condiciones laborales como en la disminución del poder adquisitivo en un marco de escasez generalizada.






Fabrica de costura.



La dictadura franquista significó un empeoramiento radical de las condiciones laborales, porque el Nuevo Estado, había organizado y representado los
intereses obreros, implantó una nuevas normas que aseguraban la subordinación de los trabajadores y la imposibilidad de defender sus intereses colectivos.

Mediante la legislación laboral y la Organización Sindical Española –OSE-, la
dictadura aseguró la subordinación y el control de los trabajadores: la Ley de Reglamentaciones de Trabajo, sustituía la ley republicana de jurados mixtos y estableció que la fijación de las condiciones de trabajo era “función privativa del Estado que se ejercitará sin delegación posible, por el Departamento ministerial de Trabajo”. Las reglamentaciones de trabajo regulaban las condiciones básicas de las relaciones entre empresarios y trabajadores, y eran consideradas como la expresión legal de la concepción nacional-sindicalista de la empresa, según la cual “es imposible reconocer la existencia de intereses antagónicos entre los elementos que la componen”.

Negaba a los trabajadores la capacidad de negociación de sus intereses individuales y colectivos.

La afiliación a la OSE se hizo obligatoria en 1942, pero los trabajadores carecieron de cualquier posibilidad de participación hasta 1944, cuando se creó la figura de “enlace sindical” que tenía como cometido colaborar en la buena marcha de la empresa.

Además, las condiciones de trabajo también se vieron afectadas por la aplicación de numerosas leyes y decretos que redundaban en el control y disciplinamiento obrero.

Un decreto ley de 5 de diciembre de 1936 abría el proceso de depuración
en la Administración y disponía “la separación definitiva del servicio de toda clase de empleados".















Decadero de tabaco.



En mayo de 1938, el Ministerio de Organización y Acción Sindical estableció que las empresas contaban con tres meses para comunicar a la Delegación Provincial de
Trabajo respectiva el nombre de los trabajadores sancionables, relación a partir de la cual la Delegación Provincial dictaría resolución con carácter inapelable. Tras escuchar nuevamente al empresario, el Delegado de Trabajo lo resolvía definitivamente.

En las empresas privadas de la industria y de los servicios, el proceso de depuración fue desigual.

Ser considerado desafecto al Nuevo Estado era motivo de despido.
El proceso depurador afectó, en buena medida, a muchos trabajadores sin relevancia política.

La legislación laboral puso especial énfasis en la disciplina obrera y la subordinación al patrón.

Los reglamentos de régimen interior –que adaptaban a cada empresa las reglamentaciones de trabajo de ámbito nacional- impusieron una disciplina cuartelaria que pretendía borrar cualquier tipo de resistencia al autoritarismo y la arbitrariedad.

El reglamento de talleres de modestería de Barcelona señalaba que “se mantendrá en los talleres la más absoluta disciplina, obedeciendo el personal a su inmediato superior jerárquico. En ningún caso el operario podrá negarse a ejecutar la orden que hubiera recibido de su superior, sin perjuicio de reservarse el derecho de efectuar la oportuna reclamación o aclaración, si lo estimara conveniente”.

Retornó la jornada de 48 horas y la se anularon las mejoras de jornada que habían conseguido los asalariados en la etapa republicana. La jornada de 8 horas era la mínima, mientras que la ordinaria la superaba en 2 o 3 horas más de media.

Los empresarios no podían despedir trabajadores arguyendo causas económicas, pero sí utilizando argumentos de carácter político.
Desde los años cincuenta, fueron miles los trabajadores despedidos por participar en conflictos laborales.

En definitiva, era imprescindible la aniquilación de los sindicatos y la implantación de una legislación laboral que asegurara la subordinación obrera.

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